Estas subvenciones de rehabilitación energética se podrán presentar a partir del 2 de enero de 2021.
Se han destinado 17 millones de euros donde los interesados podrán acogerse a los incentivos presentando la solicitud por medios telemáticos. Son las empresas de eficiencia energética las que suelen tramitar estas ayudas de rehabilitación energética para sus clientes.
Son objeto de estas subvenciones de rehabilitación energética las siguientes actuaciones:
- La mejora de eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Del uso de energías renovables.
- De mejora de las instalaciones de iluminación.
Estas actuaciones publicadas en el DOGA del 6 de noviembre del presente año van de la mano de las ayudas del Programa estatal para actuaciones de Rehabilitación Energética en edificios existentes que fue regulado por decreto el 4 de agosto de 2020. La Consellería de Medio Ambiente gestiona por primera vez este programa estatal de mejora y eficiencia energética de edificios.
El plazo de presentación de dichas ayudas de mejora y eficiencia energética comienza el 2 de enero de 2021 y termina el 31 de julio del mismo año, por lo que los interesados en acogerse a este tipo de ayudas tienen 7 meses para presentar sus solicitudes.
Estas ayudas o subvenciones en Galicia de rehabilitación energética serán gestionadas por el IGVS.
El IDEA (Instituto para la diversificación y el ahorro de energía) decidió repartir los fondos entre las distintas Comunidades Autónomas.
Los interesados en acogerse a este tipo de subvenciones tendrán que hacerlo de forma telemática y serán beneficiarios:
- Los propietarios de viviendas unifamiliares o de edificios de tipo residencial colectiva o de viviendas y locales existentes en estos edificios.
- Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de personas propietarias de edificios residenciales de uso de vivienda.
- Las personas propietarias que de forma agrupada sean propietarias de edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y que no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.
Así como se recoge en la resolución se establecen 3 tipos de actuaciones subvencionables:
- De mejora de eficiencia energética de la envolvente térmica, aquellas que tienen entre sus objetivos reducir la demanda energética.
- De uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
- Las instalaciones de iluminación, quiere decir, las luminarias, lámparas y equipos, sistemas y elementos que permitan el control local, remoto o automático por medios digitales de encendido y regulación del nivel de iluminación.
Para calcular la cuantía objeto de la subvención se tendrá una ayuda base y una adicional, que se fijará en base a 3 criterios:
- Los sociales, esto es, que sean actuaciones que se realizan en edificios de vivienda de protección pública.
- Actuaciones en inmuebles situados en áreas de rehabilitación, la eficiencia energética.
- Que se trate de una actuación integrada. En este supuesto se aplica el porcentaje adicional cuando se realizan simultáneamente dos o más tipos de actuaciones.
- Cabe destacar que las ayudas de este programa son compatibles con otras ayudas concedidas para el mismo fin, siempre y cuando no se supere el coste de actuación y que las otras ayudas obtenidas no sean co-financiadas de Fondos Europeos. En este sentido, el IGVS destina unos dos millones de euros a las líneas de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad de viviendas, que son recogidas en el Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sustentabilidad en viviendas del Plan 2018-2021.
- Esperamos que estas ayudas de rehabilitación energética os puedan resultar interesantes. En Obrantia.Tucomparadordereformas.com tenemos colaboradores que gestionan y ejecutan este tipo de actuaciones y podéis recibir asesoramiento en cualquier momento.